Los plazos de garantía de las baterías de tracción y de las cadenas de tracción cambian para los futuros vehículos 100 % eléctricos (BEV - Battery Electric Vehicles) e híbridos recargables (PHEV - Plug-in Hybrid Electric Vehicles) del Grupo PSA.
Vehículos 100 % eléctricos "BEV"
a) Cadena de tracción
El plazo y el kilometraje de garantía de la cadena de tracción de los vehículos 100 % eléctricos son idénticos a los de la garantía comercial del vehículo.
b) Batería de tracción
La batería de tracción de los vehículos 100 % eléctricos está garantizada por un periodo de ocho (8) años o ciento sesenta mil (160 000) km, lo que se alcance primero, con una conservación mínima de la capacidad de la batería del 70 % durante el periodo cubierto por la garantía.
Vehículos híbridos recargables "PHEV"
a) Cadena de tracción
El plazo y el kilometraje de garantía de la cadena de tracción de los vehículos híbridos recargables son idénticos a los de la garantía comercial del vehículo.
b) Batería de tracción
La batería de tracción de los vehículos híbridos recargables está garantizada por un periodo de ocho (8) años o ciento sesenta mil (160 000) km, lo que se alcance primero, con una conservación mínima de la capacidad de la batería del 70 % durante el periodo cubierto por la garantía.
Vehículos 100 % eléctricos "BEV"
a) Cadena de tracción
El plazo y el kilometraje de garantía de la cadena de tracción de los vehículos 100 % eléctricos son idénticos a los de la garantía comercial del vehículo.
b) Batería de tracción
La batería de tracción de los vehículos 100 % eléctricos está garantizada por un periodo de ocho (8) años o ciento sesenta mil (160 000) km, lo que se alcance primero, con una conservación mínima de la capacidad de la batería del 70 % durante el periodo cubierto por la garantía.
Vehículos híbridos recargables "PHEV"
a) Cadena de tracción
El plazo y el kilometraje de garantía de la cadena de tracción de los vehículos híbridos recargables son idénticos a los de la garantía comercial del vehículo.
b) Batería de tracción
La batería de tracción de los vehículos híbridos recargables está garantizada por un periodo de ocho (8) años o ciento sesenta mil (160 000) km, lo que se alcance primero, con una conservación mínima de la capacidad de la batería del 70 % durante el periodo cubierto por la garantía.